
Los puntos claves del Permiso Excepcional para Varados en el país (COVID19)
📌 ¿Dónde obtengo el permiso? En el link https://regresoacasa.argentina.gob.ar
📌 ¿Cuándo puedo obtener mi permiso? A partir del sábado 18.
📌 ¿Cuál es la vigencia del permiso? Del sábado 18/4 a las 0.00 hs al martes 21/04 a las 24 hs. Y tiene validez de 48 horas.
📌 ¿Quién tiene que gestionar el permiso? Un responsable del grupo que se traslada.
📌 ¿Qué habilita la declaración jurada? La circulación del vehículo, con los pasajeros declarados, al destino de residencia.
📌 ¿Cuál debe ser el destino del permiso? El domicilio de residencia donde se cumplirá con el aislamiento obligatorio.
📌 ¿Puedo acreditar domicilio con factura de servicios? Sí.
📌 ¿Cuánta gente se puede trasladar? La capacidad permitida por el vehículo.
📌 ¿Puedo ir a buscar a un familiar con mi vehículo? Sí.
📌 ¿Se pueden alquilar vehículos? No.
📌 ¿Se habilita el transporte de media y larga distancia? No.
📌 ¿Por qué se anuncia con poca anticipación? Para desalentar la circulación de casos injustificados.
📌 ¿Quién controlará la circulación de estos casos excepcionales? El Ministerio de Seguridad y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), dependiente del Ministerio de Transporte, y las fuerzas de otras localidades.